Micelio
Sentencia de Tutela9 de julio de 2003

T-548 de 2003

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Alvaro Muñoz Velez Y Otra Ltda Vs. Juzgado 4 Civil Del Circuito De Valledupar

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso Y Defensa. Reforma De La Demanda En Proceso Ejecutivo Por Accion Mixta Antes De La Notificacion Del Mandamiento De Pago. Decision Recurso De Reposicion Interpuesto. Inmutabilidad De Procesos Civiles. Inversiones Chimilaima Ltda.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Defensa Procesal
  • Titularidad compete a las partes
Reforma De Demanda Ejecutiva
  • Notificación a todos los demandados
  • Oportunidad
Derecho De Defensa
  • Vulneración por reformarse la demanda sin notificarse a todos los demandados
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Revocar los fallos proferidos por las Salas Civiles del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar y de la Corte Suprema de Justicia, el 23 de octubre y el 9 de diciembre de 2002 respectivamente, dentro de la accion de tutela instaurada por Alvaro Munoz Velez a nombre propio y como representante legal de Inversiones Chimilaima Ltda. en contra del Juez
  2. Cuarto. Civil del Circuito de Valledupar, y en su lugar conceder a los accionantes el amparo al debido proceso.
  3. Segundo. En consecuencia, dejar sin valor ni efecto la providencia de 18 de septiembre del ano 2002, adicionada el dia 20 siguiente, proferida por el accionado para resolver el recurso de reposicion instaurado por los accionantes en contra del auto de 26 de septiembre de 2001, dictado dentro del proceso Ejecutivo promovido por la Caja de Credito Agrario Industrial y Minero en Liquidacion, para aceptar la reforma de la demanda.
  4. Y disponer que el Juzgado
  5. Cuarto. Civil del Circuito de Valledupar resuelva, en los diez dias siguientes a la notificacion de esta providencia, el recurso de reposicion interpuesto por los accionados, de conformidad con las consideraciones de esta providencia.
  6. Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.