Sentencia de Tutela11 de septiembre de 1998
T-491 de 1998
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Zorella De Jesus Correa
✓
Tema · dato duro
Der. A La Vida. Instalacion De Aserradero En Vivienda Residencial. Tutela Contra El Ruido. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Vida
- Dimensión objetiva y fuerza vinculante
- Agrietamiento de pisos y paredes acrecentado por funcionamiento de aserradero
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Séptimo. Civil del Circuito de Barranquilla. En su lugar CONCEDER la tutela del derecho fundamental a la vida.
- Segundo. ORDENAR a la Oficina de Control Urbano del Departamento Administrativo de Planeación Distrital de Barranquilla para que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de la presente decisión, inicie las gestiones pertinentes a fin de determinar si, de acuerdo con la destinación del inmueble y las normas de urbanismo y planeación distrital, puede continuar funcionando en el lugar, el aserradero propiedad del demandado; decisión que deberá adoptarse en un plazo máximo de veinte (20) días. Así mismo, ORDENAR a la misma oficina, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de ésta sentencia, inicie las actuaciones tendientes a establecer, si las modificaciones que se vienen realizando al inmueble, afectan su estructura, y en consecuencia, ponen en peligro la integridad física de sus moradores.
- Tercero. SÚRTASE el trámite previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Citada por2
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.