Micelio
Sentencia de Tutela22 de junio de 2006

T-483 de 2006

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Adrian Ignacio Sanchez Vaca Agenciando Los Derechos De Su Compañera Vs. Compensar

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Quiénes pueden interponerla
Agencia Oficiosa En Tutela
  • Debe explicarse los motivos que asisten al actor para actuar en esa calidad
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la seguridad social al minimo vital y el derecho de los niños de afiliada en calidad de trabajadora independiente a quien la entidad se niega a reconocerle y pagarle la licencia de maternidad por cuanto no efectuo las cotizaciones al sistema de salud de manera oportuna.

Solicita se ordene reconocer y pagar la licencia de maternidad.

Procedencia para agenciar derechos ajenos cuando la titular de los mismos no se encuentre en condiciones de promover su propia defensa.

Para la intervencion del agente oficioso es necesario que el titular del derecho no este en condiciones de promover su propia defensa siendo menester que el agente de cuenta de la imposibilidad de su agenciado.

Si el actor no justifica plenamente el agenciamiento la tutela debe ser rechazada para que el afectado concurra ante el juez constitucional a hacer valer sus derechos.

Rechazada por improcedente

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. REVOCAR la decision proferida por el Juzgado
  2. Primero. Penal Municipal con Funcion de Conocimiento de Bogota para en su lugar rechazarla por improcedente.
  3. SEGUNDO. , - LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.