Sentencia de Tutela27 de abril de 2000
T-453 de 2000
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Interconexion Electrica S.A.E.S.P. -Isa-
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Derecho De Defensa. Irregularidades Al No Haberse Tramitado El Proceso De Jurisdiccion Coactiva Conforme A Lo Dispuesto En El Estatuto Tributario. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Agencias En Derecho
- Auto de liquidación carece de justificación legal y material
Estatuto Tributario Para Impuestos Del Orden Nacional
- Aplicación a municipios y departamentos
Proceso De Jurisdiccion Coactiva
- Municipios deben aplicar estatuto tributario
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sección Segunda del Consejo de Estado, proferida el 2 de diciembre de 1999 y, en su lugar CONCEDER la tutela interpuesta por la Empresa Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. -ISA- por violación de los derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa.
- Segundo. Dejar sin efectos el auto de liquidación del crédito del 15 de julio de 1999 y, en consecuencia, todas las demás actuaciones posteriores surtidas dentro del proceso coactivo adelantado por el Municipio de Montelíbano (Córdoba).
- Tercero. Compulsar copias del presente proceso a la Procuraduría General de la Nación y, a la Fiscalía General de la Nación, para los efectos legales pertinentes.
- Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.