Sentencia de Tutela11 de septiembre de 1995
T-403 de 1995
Ponente Jorge Arango Mejía
✓Demandante Pedro Antonio Turbay Salcedo
✓
Tema · dato duro
Agencia Oficiosa. Silencio Adtivo. Legitimidad De Los Actos Adtivos. Cierre De Negocios De Comidas Rapidas. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Postulacion
- Derechos ajenos
Legitimacion Por Activa En Tutela
- Derechos ajenos
Sentencia Inhibitoria
- Prohibición
Derecho Al Buen Nombre De Abogado
- Obligación de medio
Derechos Fundamentales
- Titularidad
Fallo De Tutela
- Fundamentación probatoria
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado Quince (15) Penal del Circuito de Barranquilla, de fecha seis (6) de marzo de mil novecientos noventa y cinco (1995), que, a su vez, revocó en su totalidad el fallo proferido por el Juzgado Quince (15) Penal Municipal de la misma ciudad, el día veintitrés (23) de enero del presente año, y, en consecuencia, DENEGAR las dos (2) tutelas solicitadas por el doctor Pedro Antonio Turbay Salcedo, en relación con los establecimientos de comida rápida "Donde Oscar" y "Donde Yuli".
- SEGUNDO. ENVIAR una fotocopia auténtica del proceso al Consejo Seccional de la Judicatura competente, a fin de que juzgue si el juez de
- segundo. grado amerita algún tipo de sanción por el hecho de haber fallado con base en su propio conocimiento privado, en relación con la afirmación de que la jurisdicción contencioso administrativa estaba tramitando la acción de nulidad y restablecimiento del derecho radicada bajo el No. 8762.
- TERCERO. COMUNICAR este fallo al Juzgado Quince (15) Penal Municipal de Barranquilla, para los efectos previstos en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Citada por15
T-738/07T-647/04Derechos A La Igualdad Debido Proceso Y Acceso A La Administración De Justicia Por Un Hecho Sobreviniente Aducido Por El Idrd. Solicita Se Ordene La Entrega Física Y Formal Por Parte Del Demandado De Los Parqueaderos Que Le Fueron Arrendados. ProcedenciaT-817/02Derecho De Peticion. Solicitud Informacion Consumos Registrados Y Reduccion Valor Factura De Linea Telefonica. Falta De Legitimacion En La Causa De Propietario Del Inmueble Suscriptor Del Contrato Y Usuarios De Servicios Publicos. Negada.T-767/01Derecho De Peticion. Medio Ambiente Y Salubridad. Solicitud De Instalacion Definitiva De Los Medidores De Agua Recoleccion De Basuras Y Canalizacion Junto Con Saneamiento De Un Caño De Aguas Negras. No Hay Pruebas Que Corroboren Tal Afectacion. ExistenciaT-383/01Derechos A La Dignidad Humana Igualdad Debido Proceso Y De Los Trabajadores. Solicitud Revocatoria De Traslado A Otra Institucion Educativa. Reubicacion De Docente. Negada.T-1019/01Derecho De Peticion De Docente. Solicitud Reconocimiento Y Pago De Las Cesantias Parciales. Agencia Oficiosa. Falta De Poder Expreso Y Especial. Fallo Inhibitorio. Sentencia Desestimatoria. Falta De Notificacion. Negada.
Ver las 15 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.