Micelio
Sentencia de Tutela23 de mayo de 2002

T-403 de 2002

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Rosa Pinzon Manrique Vs. Ministerio De Hacienda Y Credito Publico

Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Y Minimo Vital. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Vejez. Expedicion Bono Pensional. Via De Hecho. Investigacion Disciplinaria. Iss. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Bono Pensional
  • Situaciones en que no procede tutela
  • Pronta tramitación
  • Demora en emisión afecta derechos fundamentales
Pension De Jubilacion
  • No puede negarse si el bono no ha sido expedido
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. REVOCAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia, el fallo proferido por el Juzgado
  2. Sexto. Laboral del Circuito de Bogotá, del 27 de noviembre de 2001, en el que denegó la tutela de los derechos a la seguridad social y al mínimo vital de Rosa Pinzón Manrique. En consecuencia, CONCEDER el amparo solicitado.
  3. Segundo. ORDENAR al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que en el término de 5 días a la notificación de esta sentencia, expida el bono pensional de Rosa Pinzón Manrique y lo remita al Instituto de Seguros Sociales dentro de las 24 horas posteriores a tal expedición, para que éste decida sobre el reconocimiento de la pensión de vejez teniendo en cuenta la nueva situación a raíz del presente fallo.
  4. Tercero. INFORMAR al Instituto de Seguros Sociales que condicionar el reconocimiento y pago de pensiones a la expedición y pago efectivo del bono pensional, vulnera derechos fundamentales protegidos por la Carta, lo cual puede dar lugar a sanciones disciplinarias.
  5. Cuarto. COMPULSAR copias del presente proceso a la Procuraduría General de la Nación para que se investiguen las faltas disciplinarias en que hayan podido incurrir los funcionarios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Oficina de Bonos Pensionales y del Instituto de Seguros Sociales - Pensiones, en el trámite de la pensión de vejez de Rosa Pinzón Manrique.
  6. Quinto. REMITIR al Juzgado
  7. Sexto. Laboral del Circuito de Bogotá copia de la sentencia T- 1119 de 2001, que resume la doctrina de la Corte Constitucional en materia de bono pensional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.