Sentencia de Tutela12 de agosto de 1994
T-361 de 1994
Ponente Hernando Herrera Vergara
✓Demandante Yolanda Pabon De Wills
✓
Tema · dato duro
Der. Al Ambiente Sano. Acciones Populares. Explotacion Minera En Carmen De Apicala. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
3 temas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- PRIMERO. CONFIRMAR por las razones expuestas, la sentencia proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior de Ibagué, el 22 de marzo de 1994, en el asunto de la referencia.
- SEGUNDO. OFICIAR al señor Alcalde Municipal del Carmen de Apicalá, al INDERENA, a CORTOLIMA, al igual que al MINISTERIO DE MINAS, REGIONAL IBAGUE, para efectos de que tomen a la mayor brevedad, las medidas conducentes a que no sólo el señor RAFAEL ESPITIA, sino todas aquellas personas que adelantan explotaciones de materiales de construcción en la zona del Carmen de Apicalá y Cunday, procedan a dar cumplimiento a las obligaciones sobre la protección al medio ambiente y al sistema ecológico de la zona, consistentes en: presentar el cronograma de actividades en tiempo y espacio relacionado con el control y manejo ambiental del proyecto; presentar los informes anuales de explotación y acompañar al mismo el programa de salud ocupacional, de acuerdo con lo señalado por la Resolución No. 1016 de 1989, emanada del Ministerio de Trabajo, así como copia del acto administrativo de aprobación del mismo; cumplir lo señalado por la Sección de Protección del Medio Ambiente, en su concepto del 29 de abril de 1993; obtener de las entidades competentes las licencias ambientales que se requieran para utilizar en los trabajos y obra de minería los recursos naturales renovables y del medio ambiente, y realizar obras tendientes a mitigar y disminuir los posibles daños ecológicos y los perjuicios que al medio ambiente pueda producir la explotación minera.
- TERCERO. COMUNICAR la presente decisión al H. Tribunal Superior de Ibagué, Sala Civil para los fines previstos en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por2
T-813/04Derechos Fundamentales De Persona Sometida A Desplazamiento Forzado Siendo Administrador Del Hospital. Solicita Se Ordene Continuidad En El Reconocimiento De Los Salarios No Prestando Sus Servicios Personales. Desplazamiento Forzado. Tutela Como Medio DeT-500/94Ders. Colectivos. Acc. Populares. Der. Al Ambiente Sano. Planta Asfaltica. Barrio Bochica. Negada.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.