Micelio
Sentencia de Tutela3 de junio de 2014

T-322 de 2014

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Magda Vanessa Madrigal Muñoz·Demandado Instituto Social De Vivienda Y Habitat De Medellin Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Se autorizó para arrendar la vivienda entregada mediante subsidio a persona desplazada, por acreditarse razón de fuerza mayor
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Considera la actora que sus derechos fundamentales a la vivienda digna, a la salud y a la familia fueron vulnerados por las entidades demandadas, al no concederle autorización para arrendar la vivienda que le fue entregada mediante subsidio, sin considerar la fuerza mayor que avala dicho permiso como excepción a la prohibición de trasferir el dominio del bien o dejar de residir en él, antes de haber transcurrido el tiempo señalado en la ley.

En sede de revisión la Sala conoció que frente a una petición se le adjudicó a la actora la autorización para arrendar su vivienda, por encontrarse acreditada la razón constitutiva de fuerza mayo, bajo el supuesto de un imprevisto que no es posible resistir, como las afecciones de salud.

Se declara la carencia actual de objeto por presentarse un HECHO SUPERADO.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DECLARAR la carencia actual de objeto dentro de la acción de tutela incoada por Magda Vanessa Madrigal Muñoz contra el Instituto Social de Vivienda y Hábitat de Medellín, y el Fondo Nacional de Vivienda, como consecuencia de la superación de los supuestos que dieron lugar a la misma.
  2. Segundo. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación a que alude el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.