T-319 de 2005
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Banco Central Hipotecario En Liquidación Y Otra Vs. Tribunal Superior De Santa Marta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Por indebida notificación del mandamiento de pago
- Carga del demandante
- Sujeción a las formalidades legales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso al acceso a la justicia y a un proceso jurisdiccional en que los jueces se sometan al imperio de la ley por la decision del tribunal de revocar sentencia de juzgado y declarar probada la excepcion de prescripción extintiva de la accion cambiaria formulada por la demandada dentro de proceso ejecutivo con titulo hipotecario.
Procedencia de la accion.
Obligatoriedad de las normas sobre notificación e interrupcion de la prescripción.
No puede ternese por notificado a quien es llamado a un proceso ejecutivo con garantia real porque se refirio al auto que lo conmina al pago al proponer la nulidad de la actuacion adelantada sin su concurso porque de ser esto asi la simple mencion de la providencia que dio inicio al proceso tendría que hacer retrotraer la actuacion para permitirle al demandado el ejercicio de su defensa y ello no ocurre asi.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia adoptada el 5 de octubre de 2004 por la Sala de Casacion Laboral de la H. Corte Suprema de Justicia, para decidir la accion de tutela instaurada por el Banco Central Hipotecario y la Compania Central de Inversiones S.A. en contra de la Sala Laboral del H. Tribunal Superior de Santa Marta, en cuanto revoco la decision de la Sala Civil de la misma Corporacion fechada el 8 de septiembre del mismo ano.
- Segundo. Poner al tanto de las resultas del proceso Ejecutivo Hipotecario promovido por el Banco Central Hipotecario contra la sociedad Promotora del Caribe PROCAR LTDA. a la Contraloria y a la Procuraduria General de la Nacion para lo de su cargo. Oficiese.
- Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.