Micelio
Sentencia de Tutela13 de marzo de 2000

T-284 de 2000

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Adela Diaz Viveros Y Otro

Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad Trabajo Y Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Empleador
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer obligaciones laborales
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
  • Padecimiento de hambre, falta de servicios públicos, mora en arriendo, dinero prestado y negativa en servicios de salud
  • Pago oportuno de mesadas
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR PARCIALMENTE el fallo del Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de Buenaventura, en el caso del expediente T-261432. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  3. Primero. Penal del Circuito de Buenaventura en el caso del expediente T-261425. CONCEDER la tutela del derecho al mínimo vital y a la seguridad social de José Alirio Rivas Soto y Adela Díaz Viveros.
  4. Segundo. ORDENAR al Director del Fondo de Pasivo Social de las Empresas Públicas Municipales de Buenaventura, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, proceda a la inmediata y total cancelación de las mesadas adeudadas a los demandantes, así como el pago de los aportes a la seguridad social.
  5. Tercero. Por Secretaria, LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.