T-256 de 2006
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Gloria Lechuga Cervantes Y Otros Vs. Secretaria De Educacion Del Atlantico
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corrección fallos de tutela
- Acceso beneficios ley 715 de 2001
- Docentes sindicadas por falsedad en documento público
- Modificación
- Objeto de la revisión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso y al trabajo de docentes que fueron suspendidas por denuncia ante la fiscalia que las vinculo al proceso y ordeno su detencion domiciliaria y una vez revocada la medida oficio al secretario de educacion para que se procediera a su reintegro lo que no se ha efectuado.
Solicitan se ordene su reintegro como docentes.
La sala dara cumplimiento a lo dispuesto por la fiscalia seccional 49 en el sentido de que el reintegro que inicialmente se ordeno no debe cobijar a los demandantes de esta tutela respecto de los cuales la fiscalia preciso que no estaban vinculados a la planta de personal docente del departamento.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E
- Primero. Por las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia, REVOCAR la sentencia del 5 de octubre de 2005, dictada por el Juzgado 2o Promiscuo del Circuito de Sabanalarga -Atlantico-, mediante la cual se concedio la tutela a los peticionarios Gloria Lechuga Cervantes, Liliana Ahumada Navarro, Nelsy Castro Pena, Lucila Lechuga Cuentas, Franklin Morales P., Mildreth Cuentas Meza, Ninfa Manotas Salazar, Damaris Gomez Salazar, Alba Lucia Mendoza Arnedo, Maria Cantillo Henriquez, Milagro Barranco Ditta, Moris Castano Santiago y Norman Bolivar Cuentas y, en su lugar, NEGAR la proteccion solicitada.
- Segundo. Por las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia, REVOCAR la sentencia del 5 de octubre de 2005, dictada por el Juzgado 2o Promiscuo del Circuito de Sabanalarga -Atlantico-, mediante la cual se otorgo el amparo de tutela a Linda Hoyos Barraza, Yira Mendoza Valencia y Orlando Pacheco Robles.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion prevista por el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.