Sentencia de Tutela14 de mayo de 1996
T-210 de 1996
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Yaneth Virginia Perez Y Otros
✓
Tema · dato duro
Der. Al Trabajo. Pago Oportuno De Salarios. Inexistencia De Perjuicio Irremediable. Medio De Defensa Judicial. Docentes. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho Al Trabajo
- Pago oportuno de salarios
Medio De Defensa Judicial
- Pago oportuno de salarios
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (12 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E :
- PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas por los Juzgados
- Segundo. y
- Tercero. Penales del Circuito de Rioacha el dia quince (15) de noviembre, y por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Rioacha el dia veintidos (22) de noviembre, que concedieron la tutela de los derechos fundamentales al trabajo y al pago oportuno de los salarios a los senores Yaneth Virginia Perez Arguelle, Florentina Gonzalez G., Miguelina Carranza Sanchez, Glenda del Carmen Reinoso V., Sileni Maria Daza Aragon, Henry Alonso Jacome Clavijo, Jacinto Consuegra Altamar, Astenia Maria Marquez Pena, Ingri Taideth Pinto Lubo, Liliana Esther Martinez Garcia, Rosalinda Hernandez Pinedo, Teresa Garizabal de Velez, Ovenaldo Rafael Gomez Pimienta, Aileen Maria Prado Arellanes, Ingrid Esther Coronado Castro, Eddy Asgat Gutierrez Orozco, Luz Marina Leon Martinez, Alicia Maria Torrenegra Amaya Luis Gerardo Herazo Cardona, Wilfrido Francisco Bermudez y Damarys Jimenez Vega, por las razones expuestas en esta sentencia.
- SEGUNDO. COMUNICAR a traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional el contenido de esta sentencia a los Juzgados
- Primero. (1deg) y
- Segundo. (2deg) Penales Municipales de Maicao (Guajira), a los Juzgados
- Primero. (1deg),
- Segundo. (2deg) y
- Tercero. (3deg) Penales del Circuito de Rioacha (Guajira) y a los peticionarios de la presente tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-063/95Der. Del Trabajador Al Pago Oportuno De Su Remuneracion. Ejecucion Presupuestal. Docente. Concedida.T-435/94Tutela Contra Prov. Judiciales. Via De Hecho. Inexistencia De Perjuicio Irremediable. Distribucion De Bienes En Una Sucesion. Negada.T-420/93Debido Proceso. Derecho A La Igualdad. Retencion Ilegal De Salario De Docente. Concedida.
Citada por4
T-734/98Ders. De Los Pensionados. Liquidacion De La Empresa. Conmutacion Pensional. Industria Huilera S.A. Concedida.T-658/98Der. A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Der. A La Igualdad. Pagos De Pension Por Empresa En Concordato. Croydon S.A. Concedida.T-678/96Der. A La Igualdad. Pago De Sueldos Y Prestaciones A Docente. Medio De Defensa Judicial. Negada.T-458/96Der. De Peticion. Solicitud De Reconocimiento De Pension De Jubilacion. Favidi. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.