Micelio
Sentencia de Tutela27 de noviembre de 2000

T-1632 de 2000

Ponente Jairo Charry Rivas

Demandante Francisco Fuquen Chinchilla Y Otros Vs. Presidente De La Republica Y Otros

Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. Incremento Salarial Para Servidores Publicos. Sustituicion De Autoridades En Las Competencias Asignadas Por La Constitucion Politica. Negada
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Transitoria
  • Improcedencia incremento salarial para servidores públicos
Gobierno
  • Formulación anual del presupuesto y ley de apropiaciones
Juez Constitucional
  • Improcedencia para sustituir a las autoridades en las competencias asignadas por la Constitución Política
Juez De Tutela
  • Imposibilidad de modificar presupuesto para incremento salarial de servidores públicos
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (16 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR los fallos de tutela proferidos por los siguientes despachos: Juzgado Veintidos Penal del Circuito de Bogota D.C.(expediente T-350982), Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de Cienaga (Magdalena) (expedientes T-351036, T-352153, T-352154, T-352155, T-352545, T-352546, T-352547, T-352787, T-352788), Juzgado
  3. Segundo. Penal del Circuito de Cienaga (Magdalena)(expedientes T-351226, T-351227, T-351228, T-351229, T-351230, T-351231, T-351232, T-351233, T-351234, T-351235, T-351236, T-351237, T-351238, T-351239, T-351377, T-351378, T-351379, T-351380, T-351381, T-351382, T-351383, T-351384, T-351385, T-351386, T-351387, T-351388, T-351389, T-352329, T-352684, T-352685, T-352686, T-352687), Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota Sala Laboral (T-351706), Juzgado
  4. Quinto. Civil Municipal de Palmira (Valle)(expediente T-351851), Juzgado Promiscuo Municipal de Sopetran (Antioquia) (expediente T-351866), Juzgado
  5. Cuarto. Civil del Circuito de Medellin (expedientes T-352142, T-352172), Juzgado
  6. Segundo. Promiscuo de Familia de Cienaga (T-352156, T-352786), Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogota (expedientes T-352241, T-352242), Juzgado
  7. Primero. Laboral del Circuito de Palmira (Valle) (expedientes T-352504, T-352505), Juzgado Promiscuo Municipal de San Sebastian de Buenavista (Magdalena) (expediente T-352751), Juzgado
  8. Tercero. Penal del Circuito de Bogota (expediente T-352900), Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin Sala de Familia (expedientes T-352929, T-352930, T-353254, T-353297, T-353349), Juzgado
  9. Tercero. Penal del Circuito de Tulua (Valle)(expediente T-352939), Juzgado
  10. Sexto. Civil del Circuito de Medellin (expediente T-353248), Juzgado
  11. Segundo. Penal Municipal de Cienaga (Magdalena) (expedientes T-353284, T-353285), Juzgado
  12. Quinto. de Menores de Medellin (expediente T-353350), Juzgado Cuarenta y Ocho Penal del Circuito de Bogota (expediente T-353424), que concedieron la proteccion de tutela solicitada.
  13. En consecuencia NIEGASE la tutela concedida en los referidos procesos.
  14. SEGUNDO. CONFIRMAR los fallos de tutela en cuanto denegaron la proteccion de tutela solicitada, proferidos por los siguientes despachos judiciales: Juzgado Promiscuo Municipal de San Pedro (Valle) (en primera instancia dentro del expediente T-352939) y Juzgado
  15. Segundo. Laboral del Circuito de Bogota (en unica instancia dentro del expediente T-353399).
  16. TERCERO. Por Secretaria, LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.