Sentencia de Tutela14 de noviembre de 2000
T-1581 de 2000
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Jose Antonio Viloria Mercado Y Otros Vs. Municipio De Aratoca Magdalena
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales. Presuncion De Veracidad. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Presuncion De Veracidad
- Sustento
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la Providencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, del 6 de julio del 2000, que a su vez confirmó la Sentencia del Tribunal Superior de Santa Marta, Sala Laboral de fecha 26 de mayo del 2000 que denegaron las súplicas de los libelistas. En consecuencia TUTELASE el derecho al trabajo de los demandantes.
- Segundo. ORDENASE al Alcalde Municipal de Aracataca -Magdalena, que en un término de cuarenta y ocho (48) horas, cancele los salarios adeudados a los ciudadanos JOSE ANTONIO VILORIA MERCADO, WILFRIDO RAFAEL DE LA CRUZ DIAZ, ANA RITA PEREZ URIBE, EDGARDO RAFAEL GUTIERREZ COLLAZOS y JOSE ARTURO ARGOTE SALGADO, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal; en caso contrario dicho plazo deberá utilizarse para adelantar las gestiones presupuestales pertinentes, que culminen con dicho pago a más tardar dentro de los 30 días subsiguientes.
- Tercero. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-278/99Der. Al Minimo Vital. Der. Al Trabajo. Mora En El Pago De Salarios. Concedida.SU.995/99Derecho Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales Docentes Plato Magdalena. Concedida.T-281/98Der. De Peticion. Der. A Que Los Recursos Interpuestos Se Resuelvan Oportunamente. Hecho Superado. Negada.T-391/97Der. A La Igualdad. Debido Proceso. Der. Al Trabajo. Docente Que No Fue Nombrada Habiendo Pasado El Concurso. Concedida.T-167/97Der. A La Educacion. Aplicacion Indebida Del Reglamento Escolar. Hecho Superado. Reintegro. Cancelacion De Matricula. Concedida.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.