Micelio
Sentencia de Tutela19 de septiembre de 2000

T-1288 de 2000

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Nubia Azucena Lopez Ortiz Y Otros Vs. Fundacion Universitaria Manuela Beltran

Tema · dato duro
Derecho A La Educacion. Respeto Por Los Derechos Adquiridos. La Buena Fe Y Confianza Legitima. Requisitos Para Obtener El Respectivo Titulo En Fisioterapia Y Tarapia Respiratoria. Retroactividad De Los Reglamentos Y Normas De Las Instituciones Universitarias. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Institucion Universitaria
  • Modificación de reglamento en cuanto a presentación de preparatorios
Irretroactividad De La Ley
  • Reglamento de institución universitaria
Principio De La Buena Fe
  • Irretroactividad de reglamento de institución universitaria
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Revocar los fallos proferidos por el Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá, D.C., en primera instancia y por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D.C. - Sala Civil en segunda instancia, por las razones expuestas en la parte motiva de ésta providencia.
  2. Segundo. Tutelar los derechos fundamentales de las actoras a la educación, al respeto por los derechos adquiridos, la buena fe y la confianza legítima y por lo tanto se Ordena a la demandada aplicar a las mismas la reglamentación vigente a la fecha de su ingreso al Programa, esto es el art. 142 del Acuerdo 004 del 24 de agosto de 1993.
  3. Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.