Sentencia de Tutela22 de marzo de 1996
T-123 de 1996
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Zamir Eduardo Silva Amin
✓
Tema · dato duro
Improcedencia Del Recurso De Suplica Contra Sent. De La Secc. 5 Del Consejo De Estado Antes De La <a Href=../1996/C-005-96.Rtf> C-005/96</A>. Inexistencia De Via De Hecho. Negada. Ver Auto 021/96.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Orden Juridico Vigente
- Aplicación
Via De Hecho
- Inexistencia por inexequibilidad posterior de norma
Excepcion De Inconstitucionalidad
- No aplicación frente a inexequibilidad posterior de norma
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del 26 de octubre de 1995 proferida por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, que a su vez acogio la del 26 de septiembre de 1995 de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafe de Bogota D.C.
- SEGUNDO. LIBRAR las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli previstos
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJulio Cesar Ortiz GutiérrezTexto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
C-005/96Ley 14/88. Art. 6 Inc. 2. Improcedencia De Recursos Ante La Sala Plena Contra Las Sentencias De La Seccion Quinta Del Consejo De Estado. Inexequible.A. 005/96Demanda De Inconstitucionalidad Contra Acto Legislativo.C-104/93Art. 130. Codigo Contencioso Administrativo. Recurso De Suplica. Exequible.T-614/92Derecho Al Ejercicio De Cargos Y Funciones Publicas. Excepcion De Inconstitucionalidad. Magistrado Cons Sup De La Judicatura. Negada.
Citada por4
SU.059/24Principio De Laicidad, De Confianza Legítima Y Autonomía Universitaria-Libertad Religiosa, De Conciencia Y De Cultos. Derecho A La Igualdad En Los Centros Oficiales De Educación SuperiorT-632/97Derecho A La Salud. Cirugia En Una Pierna. Continuidad De Tratamiento Medico. No Hay Peligro Inminente. No Se Cotizo Lo Suficiente. E.P.S. Bonsalud. Negada.T-606/97Afiliacion Al Sistema De Seguridad Social. Cotizaciones Cuando Se Puede Repetir Contra El Estado. Concedida Parcialmente.SU.480/97Der. A La Salud Y A La Vida. Relacion Estado E.P.S.. Continuidad En Servicio De Salud. Suministro De Medicamentos. Sida. Concedida Parcialmente.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.