Sentencia de Tutela31 de enero de 2001
T-103 de 2001
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Tulia Figueroa De Figueroa Vs. Departamento De Boyaca Y Otros
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
- Pago oportuno de mesadas
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCASE la sentencia de Tutela proferida en el expediente T 338 743 por la Sala de Decisión No. 1 del Tribunal Administrativo de Boyacá, en la acción de Tutela incoada por Tulia Figueroa de Figueroa contra Departamento de Boyacá, Caja de Previsión Social de Boyaca y Secretaria de Hacienda. En consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada por Tulia Figueroa de Figueroa.
- Segundo. ORDENAR a la entidad demandada, que dentro del término de los quince (15) días siguientes a la notificación de ésta providencia, cancele las mesadas adeudadas a los demandantes, advirtiéndole que también podrá hacer uso del anticipo contemplado en el parágrafo 6 del artículo 2 de la Ley 549 de 1999, para lo cual dispondrá del término de un (1) mes.
- Tercero. PREVENIR a la entidad demandada para que cumpla lo dispuesto en éste fallo, so pena de incurrir en desacato, y para que en lo sucesivo no repita la omisión que dio origen a la presente acción.
- Cuarto. Por Secretaría líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-468/00Derecho Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Unas Personas Probaron La Afectacion Del Minimo Vital Y Otras No. Concedida Parcialmente.T-424/00Derecho Al Minimo Vital Y Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas. Mora En El Pago De Salarios Y Mesadas Pensionales De Trabajadores Y Pensionados. Archipielago De San Andres. Concedida.T-234/00Derecho Al Minimo Vital Y Seguridad Social. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Concedida.
Citada por3
T-540/17Imprescriptibilidad Del Incremento Pensional Del 14% En Relacion Con El Conyuge O Compañero Permanente A CargoT-1111/03Derecho A La Salud. Practica De Biopsia Por El Resultado De La Mamografía.ConcedidaT-212/02Derechos A La Salud Seguridad Social Y Vida. Solicitud Practica Examen Medico De Garganta. Deficit Presupuestal. Dilacion Injustificada. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.