T-024 de 2008
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Ramiro Pachon Y Otra·Demandado Caprecom Y Otras
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Hecho superado frente al caso en que al actor ya lo afiliaron al régimen subsidiado
- Definición de la afiliación de la demandante y su familia a la EPS escogida por ella
- Reglas que se deben seguir para resolver casos de múltiple afiliación al sistema general de seguridad social en salud
- Pérdida de la calidad de afiliado al régimen subsidiado por multiafiliación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud, la seguridad social y al debido proceso de afiliados a quienes por presentar multiafiliacion, en uno de los casos, fue desvinculado del regimen subsidiado y en el segundo caso por cuanto su cambio de eps fue anulada por presunta doble afiliacion sin que la peticion de afiliacion en la entidad escogida le hubiese sido resuelta, quedando el grupo familiar desamparado de los servicios de salud.<br>solicitan, de una parte se ordene se le permita la movilidad a caprecom ars y la entrega del carne retenido por multiafiliacion; Y de la otra, se le resuelva el problema de la doble afiliacion ordenando a saludvida el ingreso del grupo familiar como sus beneficiarios.<br>reglas que se deben seguir para resolver los casos de multiple afiliacion.
Perdida de la calidad de afiliado al regimen subsidiado por multiafiliacion. <br>carencia actual de objeto y concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. LEVANTAR LA SUSPENSION DE LOS TERMINOS en los asuntos de la referencia, que se habia dispuesto para mejor proveer mediante los autos de fecha 12 de junio de 2007.
- Segundo. CONFIRMAR la sentencia proferida en diciembre 15 de 2006 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibague, Sala Civil Familia, que denego la tutela pedida por Ramiro Pachon, contra Caprecom ARS y Cafesalud EPS (T-1535537), pero por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Tercero. REVOCAR parcialmente la sentencia proferida en noviembre 23 de 2006 por el Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Bucaramanga, en la accion de tutela de Rosa Candida Suarez Hernandez (T-1536198); en su lugar, tambien se tutela, en contra de Solsalud EPS y Saludvida EPS y a favor de Rosa Candida Suarez Hernandez y sus beneficiarios Nilson Plata Santos (esposo) y Jose Luis Plata Suarez (hijo menor de edad), sus derechos a la salud, la seguridad social y el debido proceso.
- ORDENAR a los respectivos representantes legales en Santander, o quienes hagan sus veces, de Solsalud EPS y Saludvida EPS que, si no lo hubieren realizado, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, definan la correspondiente afiliacion de la senora Rosa Candida Suarez Hernandez y su grupo familiar a Saludvida EPS, que fue la escogida por ella, garantizando el debido proceso, y que de esta forma se le presten los servicios medicos que requieran ella y su grupo familiar.
- Cuarto. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.