Sentencia de Tutela23 de enero de 2003
T-011 de 2003
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Ricardo Jose Donado Granados Vs. Electricaribe S.A.
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Reconexion Servicio De Energia Alumbrado Publico Y Aseo. Pago Tres Facturas De Inmueble Arrendado. Limite Responsabilidad Solidaria Por Negligencia De La Empresa De Servicios Publicos Domiciliarios. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Empresa De Servicios Publicos
- Negligencia en la suspensión y corte de energía
Principio De Solidaridad En Contrato De Servicios Publicos
- Límites a la responsabilidad solidaria del propietario del inmueble
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR en su integridad la sentencia proferida por el Juzgado
- Quinto. Civil Municipal de Santa Marta, el 15 de agosto de 2002 y CONCEDER la tutela del Señor Ricardo José Donado Granados para amparar su derecho al debido proceso.
- SEGUNDO. ORDENAR a Electricaribe S.A. E.S.P., si aún no la ha realizado, la reconexión del servicio de energía, alumbrado público y aseo en el inmueble de propiedad del actor dentro de las 48 horas siguientes a la cancelación del valor equivalente a las tres primeras facturas no pagadas por el arrendatario del predio y consumidor del servicio, además de los gastos propios del restablecimiento del servicio.
- TERCERO. ANEXAR copia de la Sentencia T-1225 de 2001 al presente fallo para efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
- CUARTO. Por Secretaría, LÍBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.