C-783 de 2012
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Andres Fernando Iglesias Plata Y Otro·Demandado Decreto Ley 19 De 2012, Articulo 137 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Configuración por desbordamiento en límites intangibles
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
<br>Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 137 (parcial) del Decreto Ley 19 de 2012, por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.
El aparte demandado es el siguiente: “Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, no se requerirá de autorización por parte del Ministerio de Trabajo cuando el trabajador limitado incurra en alguna de las causales establecidas en la ley como justas causas para dar por terminado el contrato.
Siempre se garantizará el derecho al debido proceso”.
En concepto de los demandantes, con la aprobación de la norma impugnada el Presidente de la República excedió las facultades otorgadas por el Congreso para actuar como legislador extraordinario, con lo cual vulneró lo previsto en el artículo 150-10 de la Constitución Política.
En el presente caso, la Corte evidenció la existencia de cosa juzgada constitucional. y en tal sentido resuelvió ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-744/12 que declaró inexequible el artículo 137 del Decreto Ley 19 de 2012. <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 19/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución
- RESUELVE
- ESTARSE a lo resuelto en la Sentencia C-744 de 2012, que declaró inexequible el artículo 137 del Decreto Ley 019 de 2012, "por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.