Micelio
Sentencia de Constitucionalidad8 de julio de 2004Sala Plena

C-663 de 2004

Ponente Rodrigo Uprimny Yepes

Demandante Nubia Stella Rodríguez Martinez

Tema · dato duro
Cosa Juzgada En Prohibiciones Respecto De Gobernadores, Diputados, Alcaldes, Concejales Y Miembros De Juntas Administradoras Locales
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Prohibiciones respecto de gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y miembros de juntas administradoras locales
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 821 de 2003.

Art. 1 (p.).

Modificatorio del articulo 49 de la ley 617 de 2000.

Prohibiciones de cónyuges compañeros permanente y parientes de gobernadores diputados alcaldes municipales y distritales concejales municipales y distritales y miembros de juntas administradoras locales municipales

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1421/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaDecreto 1421/93INHIBITORIO
Art. 49Ley 617/00ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 49Ley 821/03ESTARSE A LO RESUELTO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-311 de 2004, que resolvio "declarar la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA del
  2. segundo. inciso del articulo 49 de la Ley 617 de 2000 tal como quedo modificado por la Ley 821 de 2003, en el entendido que respecto de diputados y concejales, cuando los mismos diputados y concejales no actuan como nominadores o no han intervenido en la designacion de quien actua como nominador, se aplicara la regla prevista en el
  3. segundo. inciso del articulo 292 de la Constitucion y que la inhabilidad a que dicho inciso se refiere se aplica dentro del ambito territorial de competencia del respectivo gobernador, alcalde, diputado, concejal o miembro de junta administradora local, municipal o distrital."
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónJaime Araujo RenteríaAclaraciónRodrigo Uprimny Yepes
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.