C-544 de 2008
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Manuel Alejandro Neira Castellanos
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Configuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 960 de 1970 articulo 137 (parcial).
Se expide el estatuto del notariado.
No podran ser designados notarios en propiedad quienes esten devengando pension de jubilacion.<br>segun el demandante, la disposicion acusada transgrede los articulos 2, 4, 5, 13, 16, 25, 26, 40 num 7, 116, 121, 125, 126, 127, 128 y 131 de la constitucion politica. <br>solicitud de inhibicion y existencia de cosa juzgada.<br>frente a la controversia suscitada por el actor, esta corporacion encuentra que recientemente profirio una decision de fondo con respecto a otra demanda dirigida contra la misma expresion aquí acusada (sentencia c-258 de 2008), decision que al tener el claro efecto de cosa juzgada, impide de manera absoluta que la corte vuelva a pronunciarse sobre el mismo asunto.
Se señala ademas, que se observa no solo identidad en cuanto a la norma demandada, sino tambien entre los cargos con respecto a los cuales la corte decidio en esa oportunidad y los que han sido planteados en esta, razon por la cual no existe opcion diferente a la de ordenar estarse a lo resuelto en dicha providencia.<br>estarse a lo resuelto en la sentencia c-258 de 2008, que declaro exequible la expresion "y quienes esten devengando pension de jubilacion", contenida en el inciso unico del articulo 137 del decreto extraordinario 960 de 1970.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto extraordinario 960/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-258 de marzo 11 de 2008, que declaro EXEQUIBLE la expresion "y quienes esten devengando pension de jubilacion", que hace parte del inciso unico del articulo 137 del Decreto Extraordinario 960 de 1970.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.