Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de octubre de 2024Sala Plena

C-420 de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Martha Cecilia Paz·Demandado Ley 2272 De 2022

Tema · dato duro
Sobretarifa Al Impuesto De Renta Aplicable A Las Empresas Extractoras De Petróleo Crudo No Desconoce Los Principios De Irretroactividad, Justicia Y Equidad Tributaria.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Proposiciones En El Trámite Legislativo
  • No constituye vicio de procedimiento cuando no se tramitan por falta de debida diligencia de los congresistas
  • Deber de los congresistas
Principios De Justicia Y Equidad Tributaria
  • No se vulneran por sobretarifa del impuesto sobre la renta para empresas extractoras de petróleo crudo
Demanda De Inconstitucionalidad Contra La Ley 2277 De 2022
  • Estarse a lo resuelto en la sentencia C-489 de 2023
Cosa Juzgada Constitucional
  • Alcance y efectos
  • Efectos respecto de inexequibilidad
Debate Parlamentario
  • Reglas constitucionales y legales
Principio De Eficiencia
  • Contenido y alcance general
Principio De Equidad Tributaria
  • Alcance
  • Dimensión horizontal y vertical
Principio De Irretroactividad De La Ley Tributaria
  • No se vulnera por sobretarifa del impuesto sobre la renta para empresas extractoras de petróleo crudo
  • Alcance
Principio De Consecutividad En Tramite Legislativo
  • Aplicación en el debate de las proposiciones
  • Contenido y alcance
Principio De Justicia Tributaria
  • Incorpora la equidad y progresividad
Reglamento Del Congreso De La Republica
  • Sesión conjunta de comisiones de Senado y Cámara
22 temas · 27 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 10, parágrafo 3 (parcial) y 19 de la Ley 2277 de 2022, por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones.

En este caso se admitieron cinco cargos de inconstitucionalidad.

De ellos, tres se formularon por la configuración de vicios de procedimiento en la adopción de las disposiciones cuestionadas y dos se presentaron contra el parágrafo precitado y por la infracción de la prohibición de retroactividad y retrospectividad de la ley tributaria, al igual que por el desconocimiento de los principios de justicia, equidad e igualdad tributarias.

Tras analizar el caso la Corte concluyó que se configuró la cosa juzgada absoluta en relación con el parágrafo 1° del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022, que fue declarado inexequible en la Sentencia C-489/23 y, por tanto, dispuso ESTARSE A LO RESUELTO en dicha providencia.

Así mismo, decidió declararse INHIBIDA para fallar respecto de los cuestionamientos relacionados con la violación de la retrospectividad tributaria y el desconocimiento de la igualdad y la equidad tributaria, formulados contra el parágrafo 3° ibidem y declarar EXEQUIBLES, por los demás cargos analizados, la precitada normatividad

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 115Decreto 624/89EXEQUIBLE
Art. 240Decreto 624/89 «respecto de las censuras por violación de la retrospectividad tributaria y por el desconocimiento de la igualdad y la equidad tributaria, contra el parágrafo 3°.»INHIBITORIO
Art. 10Ley 2277/22INHIBITORIO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para fallar respecto de las censuras por violación de la retrospectividad tributaria y por el desconocimiento de la igualdad y la equidad tributaria, contra el parágrafo 3.° (parcial) del artículo 240 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 10° de la Ley 2277 de 2022 "por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones", por las razones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-489 de 2023, que declaró inexequible el parágrafo 1º del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022, "por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones".
  3. TERCERO. Declarar EXEQUIBLES, por los cargos analizados, el parágrafo 3.° (parcial) del artículo 240 y el artículo 115 del Estatuto Tributario, modificados por los artículos 10° y 19 de la Ley 2277 de 2022, "por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones", respectivamente, esta última norma con excepción de su parágrafo 1º.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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