Micelio
Sentencia de Constitucionalidad30 de mayo de 2012Sala Plena

C-396 de 2012

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Jose Gregorio Hernandez Galindo·Demandado Decreto Ley 3565 De 2011, Articulo 2 (Parcial)

Tema · dato duro
Cosa Juzgada Constitucional En Facultades Extraordinarias Al Ejecutivo Para Modificar Normas Relacionadas Con Periodos De Los Directores Generales De Corporaciones Autonomas Regionales
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

<br>Demanda de Inconstitucionalidad contra el artículo 2º parcial del Decreto Ley 3565 de 2011, por el cual se modifican parcialmente la Ley 99 de 1993 y la Ley 1263 de 2008.

Para el actor, el precepto impugnado desconoce lo establecido en los artículos 3, 121 y 150, numerales 1, 7 y 10 de la Constitución Política.

A su juicio, el Gobierno Nacional excedió el uso de las facultades extraordinarias conferidas mediante el literal d) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011.

La Corte constató la existencia de cosa juzgada constitucional y en tal sentido decidió ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-366/12 que declaró inexequible el artículo 2º del Decreto Ley 3565 de 2011. <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 3565/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 2Decreto 3565/11ESTARSE A LO RESUELTO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-366 de 2012, que declaró INEXEQUIBLE el artículo 2º del Decreto Ley 3565 de 2011.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.