C-344 de 2007
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Oscar Julio Quintero Lizarazo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Configuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 1033 de 2006 articulo 10 (parcial).
Se establece la carrera administrativa especial para los empleados publicos no uniformados al servicio del ministerio de defensa nacional las fuerzas militares de la policia nacional y de sus entidades descentralizadas adscritas y vinculadas al sector defensa se derogan y modifican unas disposiciones de la ley 909 de 2004 y se conceden unas facultades conforme al numeral 10 del articulo 150 de la constitucion politica.para el demandante la norma acusada viola el articulo 13 superior en la medida que excluye de la prueba basica general de preseleccion a los empleados vinculados a la administracion publica mediante nombramiento provisional o en carrera.estarse a lo resuelto en las sentencias c-211 y c-290 de 2007
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1033/06. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. Estarse a lo resuelto en la sentencia C- 211 de 2007, mediante la cual la Corte declaró inexequibles los incisos primero,
- segundo. y
- tercero. del artículo 10 de la ley 1033 de 2006, desde la fecha de promulgación de esta ley.
- SEGUNDO. Estarse a lo resuelto en la Sentencia C-290 de 2007, mediante la cual la Corte declaró inexequible el inciso
- cuarto. del artículo 10 de la ley 1033 de 2006.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.