Micelio
Sentencia de Constitucionalidad13 de mayo de 1998Sala Plena

C-200 de 1998

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Clara Stella Ramos Sarmiento

Tema · dato duro
Ley 335/96. Art. 17 Inc. 2. Concesionarios De Espacios De Television. Exequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Contrato De Concesion De Espacios De Television
  • Terminación unilateral del concesionario no vulnera interés general
  • Derecho a la igualdad
  • Terminación unilateral del concesionario no siempre causa perjuicios
  • Terminación unilateral del concesionario sirve al interés general
Comision Nacional De Television
  • Actividad es regulada por el legislador
Principio De Economia En Control Y Gestion De Television
  • Se concreta en uso eficiente del personal y los recursos
Concesion De Espacios De Television
  • Interés general coincide con interés particular
Principio De Eficacia
  • Estado es responsable por la prestación de servicios públicos
5 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 14/91. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 14/91EXEQUIBLE
Sobre toda la normaLey 182/95EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Declarase EXEQUIBLE el inciso
  2. segundo. del articulo 17 de la Ley 335 de 1996, en el entendido de que la facultad que otorga a los concesionarios no constituye una excepcion al principio de que debe repararse el dano causado, cuando se ha incurrido en alguna de las hipotesis que conforme a nuestro ordenamiento dan lugar a la reparacion.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.