Micelio
Sentencia de Constitucionalidad14 de mayo de 2025Sala Plena

C-183 de 2025

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Demandante Gómez Riaño Carlos Fernando Y Otros·Demandado Ley 906 De 2004

Tema · dato duro
Inexequible Disposición Del Código De Procedimiento Penal Que Establece Que Personas Con Enfermedades O Trastornos Mentales No Pueden Ser Peritos En El Proceso Penal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Capacidad
  • Concepto
Discapacidad
  • Clasificación
  • Concepto
Modelo Social De Discapacidad
  • Postulados
  • Estado debe asegurar el apoyo para el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad
Prueba Pericial
  • Concepto
  • Procedencia
  • Fiabilidad
  • Pertinencia
  • Objeto
Perito
  • Calidades
  • Requisitos para ser nombrado en el derecho comparado
Principio De Igualdad En Materia Penal
  • Se vulnera por norma que prohíbe a las personas con enfermedades o trastornos mentales ser nombradas peritos
Dignidad Humana
  • Principio, valor y derecho fundamental
Derecho De Igualdad
  • Deviene del concepto de dignidad humana
Capacidad Juridica
  • Significado en sentido general
19 temas · 26 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra la expresión “y los enfermos mentales” contenida en el numeral primero parcial del artículo 409 de la Ley 906 de 2004, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.

Los demandantes alegaron que la precitada frase vulnera el principio de igualdad contemplado en el artículo 13 de la Constitución Política.

Lo anterior, por disponer un tratamiento presuntamente discriminatorio entre las personas que presentan una enfermedad mental y quienes no tienen la misma, cuando a pesar de cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 408 de la Ley 906 de 2004, los segundos pueden ser nombrados como peritos, mientras los primeros no pueden serlo en ningún caso.

La Corte concluyó que la norma jurídica demandada no se entiende como una medida idónea, ni necesaria para cumplir con la finalidad que persigue y, por consiguiente, brinda un tratamiento desigual e injustificado respecto de un grupo poblacional específico, lo cual lesiona el principio de igualdad y no discriminación consagrado en el artículo 13 Superior.

Con base en lo anterior la Sala Plena de la Corporación decidió declararla INEXEQUIBLE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 409Ley 906/04INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«“ y los enfermos mentales " contenida en el numeral 1»
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Único. Declarar la INEXEQUIBILIDAD de la expresión "y los enfermos mentales", contenida en el numeral
  2. primero. del artículo 409 de la Ley 906 de 2004, "por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

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