Micelio
Sentencia de Constitucionalidad30 de enero de 1997Sala Plena

C-033 de 1997

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Julian Andres Fernandez

Tema · dato duro
Ley 228/95. Arts. 7 Y 8. Porte De Llaves Maestras O Ganzuas Y De Sustancias En Lugares Publicos. Ver <a Href=../1996/C-430-96.Rtf> C-430/96</A>.
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 228/95. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 7Ley 228/95ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 8Ley 228/95ESTARSE A LO RESUELTO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE
  3. Estarse a lo resuelto en la sentencia C-430 de 1996, que declaró INEXEQUIBLE el artículo 7º de la Ley 228 de 1995 y EXEQUIBLE el artículo 8º de esa misma ley, bajo el entendido de que la expresión "o cualquier otra sustancia que sirva para colocar en estado de indefensión a las personas", se refiere a aquellas sustancias que producen los mismos efectos de la escopolamina y no se utilizan como medicamentos ni como estupefacientes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela