Micelio
Auto13 de diciembre de 2017

A- de 2017

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Margoth Jimenez Omaña·Demandado Jorge Enrique Mendez Guzman

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Octavo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Ibagué y el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de la misma ciudad.

Teniendo en cuenta que la acción de tutela fue interpuesta contra un particular que ejerce la función periodística a través de la publicación de reportajes en un medio de comunicación virtual y en sus redes sociales, considera la Corte que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 37 del Decreto 2591, el recurso de amparo es competencia de los jueces con categoría de circuito.

Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Ibagué, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 8 de septiembre de 2017, proferido por el Juzgado
  2. Tercero. Laboral del Circuito de Ibagué, dentro del expediente ICC-3117.
  3. SEGUNDO. REMITIR al Juzgado
  4. Tercero. Laboral del Circuito de Ibagué el expediente ICC-3117, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar dentro de la acción de tutela interpuesta por Margoth Jiménez Omaña contra el señor Jorge Enrique Méndez Guzmán.
  5. TERCERO. ORDENAR que por Secretaría General se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado
  6. Octavo. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Ibagué.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.