Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se CONVOCA a audiencia pública en el marco del seguimiento a la superación del Estado de Cosas Inconstitucional declarado en materia de desplazamiento forzado a través de la Sentencia T-025/04.
La citación se hace para el día 29 de noviembre de 2018, a partir de las 8:00 A.M. en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (11 puntos)
- Primero. CONVOCAR a Audiencia Publica en el marco del seguimiento a la superacion del Estado de Cosas Inconstitucional declarado en materia de desplazamiento forzado, en la Sentencia T-025 de 2004; el dia veintinueve (29) de noviembre de 2018 a las 8 a.m. en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia, ubicada en el Palacio de Justicia.
- Segundo. CITAR a la Audiencia Publica, a traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, a los siguientes funcionarios del Gobierno Nacional: Ministra del Interior, Ministro de Hacienda, Ministro de Defensa, Directora del Departamento Nacional de Planeacion, Director de la Unidad para las Victimas, Director de la Unidad de Restitucion de Tierras, Director de la Unidad Nacional de Proteccion.
- Tercero. CITAR a la Audiencia Publica, a traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, al Procurador General de la Nacion, el Contralor General de la Republica, el Defensor del Pueblo y al Fiscal General de la Nacion.
- Cuarto. CITAR a la Audiencia Publica, a traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, a los Gobernadores de Narino y Norte de Santander y a los Alcaldes de Medellin, Litoral del San Juan y Buenaventura.
- Quinto. SOLICITAR a la Procuraduria General de la Nacion, la Defensoria del Pueblo y ACNUR, que en el marco de las visitas a terreno realizadas entre 2015 y 2017, seleccionen un lider o lideresa de poblacion desplazada de los municipios de El Litoral del San Juan, Medellin, Tumaco y de la zona de El Catatumbo, para que intervengan en la Audiencia. El nombre de los lideres debera ser comunicado a la Sala Especial de Seguimiento, ocho (8) dias antes de la realizacion de la audiencia.
- Sexto. INVITAR a la Audiencia Publica, a traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, al representante de la Mesa Nacional de Victimas, la Comision de Seguimiento a la Politica Publica del Desplazamiento Forzado, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR y al Consejo Noruego para los Refugiados.
- Septimo. SOLICITAR a cada uno de los intervinientes que remita al despacho de la Magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, a traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, la respuesta a los elementos referidos en esta providencia, quince (15) dias calendario antes a la realizacion de la audiencia.
- Octavo. INFORMAR, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, a las entidades y personas oficiadas que, en aras de agilizar la remision de lo solicitado, adicional al envio por correspondencia fisica, podra hacerse llegar la documentacion al correo electronico desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co.
- Noveno. DISPONER que se informe la celebracion de la Audiencia Publica a traves de la pagina web de la Corte Constitucional. La asistencia a la misma requerira la previa inscripcion al correo electronico desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co.
- Decimo. SOLICITAR al jefe de comunicaciones y al jefe de sistemas de esta Corporacion, coordinar lo pertinente para la transmision en directo de la Audiencia Publica a traves de la pagina web de la Corte Constitucional y, en la medida de lo posible, en television publica nacional.
- Undecimo. ADVERTIR a las autoridades publicas citadas sobre la obligacion de atender a la orden proferida por la Corte y permanecer durante todo el desarrollo de la audiencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
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