A- de 2015
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Agencia Nacional De Infraestructura Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No se desconoció precedente jurisprudencial en relación con el requisito de inmediatez
- Carga argumentativa de quien la invoca
- Procedencia excepcional por notoria y flagrante vulneración del debido proceso
- Procedencia sólo por irregularidad ostensible, probada, significativa y trascendental al debido proceso
- No constituye oportunidad para reabrir debates jurídicos resueltos
- Presupuestos materiales de procedencia
- Legitimación activa
- Término de tres días siguientes a la notificación del fallo
- Requisitos formales de procedencia
- Negar solicitud de nulidad de sentencia T-823/13 por pretender reabrir debate jurídico
- Improcedencia de recursos
- Reiteración sobre desconocimiento del precedente como causal de nulidad
- Desconocimiento cuando Sala de Revisión ignora pronunciamientos de Sala Plena cuya ratio decidendi confluye con problema jurídico cuya nulidad se pretende
- Requiere jurisprudencia en vigor
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la sentencia T-823/13.
La Agencia Nacional de Infraestructura solicitó a la Sala Plena de la Corporación declarar la nulidad de la precitada sentencia, porque la Sala Segunda de Revisión al proferirla vulneró de manera flagrante y notoria su derecho fundamental al debido proceso, ya que desconoció el precedente fijado por la Corporación en relación con el requisito de inmediatez para la procedencia de las acciones de tutela.
A juicio de la Sala, la solicitud formulada no logró demostrar la vulneración al debido proceso, sino que pretendió reabrir los debates jurídicos que fueron planteados y resueltos, de acuerdo con la jurisprudencia en vigor, por parte de la Sala Segunda de Revisión.
DENEGADA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. NEGAR la solicitud de nulidad de la Sentencia T-823 de 2013, presentada por la Agencia Nacional de Infraestructura.
- SEGUNDO. Comuníquese la presente providencia al solicitante, informándole que contra ella no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.