Auto23 de noviembre de 2006
A- de 2006
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Angelica Maria Daza Carreño Vs. Salud Total
✓
Tema · dato duro
Se Corrige El Numeral Primero De La Parte Resolutiva De La Sentencia T-674/06 Que Por Error Se Cito Una Decision Del Juzgado Sexto Civil Municipal De Valledupar Cuando La Decision A Revocar Era La Del Juzgado Primero Civil Del Circuito De Valledupar
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Fallo De Tutela
- Corrección de errores cometidos por omisión, cambio o alteración de palabras según artículo 310 del CPC
- Corrección por error mecanográfico en parte resolutiva de la sentencia T-674 de 2006
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. CORREGIR el numeral
- primero. de la parte resolutiva de la sentencia T-674 de 2006 en la parte pertinente, el cual quedará así:
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Valledupar que denegó la tutela interpuesta por Angélica María Daza Carreño en el asunto de la referencia. En su lugar, CONCEDER, por las razones y en los términos de esta sentencia, el amparo a los derechos fundamentales invocados.
- Segundo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a13
T-674/06Tutela de 2006A. 167/06Correccion De La Sentencia T-144/06. Se Corrige Un Error De Transcricpion En El Numeral Quinto De La Parte Resolutiva De La Sentencia T-144/06, En El Sentido De Entender Que La Corte Se Refiere Al Fallo De Primera Instancia Dictado Por El Juzgado Primero Civil Del Circuito De Cali Y Se Eliminan Unos Parrafos Que Fueron Referenciados Sin Que Hicieran Parte De Los Documentos Del ExpedienteA. 118/06Correccion Del Numeral Tercero De La Parte Resolutiva De La Sentencia T-015/06 Por Error De Digitacion En Que Se Referia A La Figura De Los Cotizantes No Independientes Y No Como Quedo. Se Corrige El Numeral Tercero De La Parte Resolutiva De La Sentencia T-015/06A. 174/05Aclaración Texto De La Sentencia T-530/05 Por Error Mecanografico Al Transcribir El Nombre De La Entidad Encargada De Tramitar La Pension De Invalidez. Se Corrige El Texto De Las Paginas 11 Y 12 De La Sentencia T-530/05A. 149/04Solicitud De Aclaración De La Sentencia T-940/04A. 087/04Correccion Error Mecanografico. Sentencia T-025/04
Ver las 13 →Citada por2
A. 119/07Revisión Constitucional De La Ley 1072 Del 31 De Julio De 2006, Por Medio De La Cual Se Aprueba La Enmienda Al Articulo 1º De La Convencion Sobre Prohibiciones O Restricciones Del Empleo De Ciertas Armas Convencionales Que Puedan Considerarse Nocivas O De Efectos Indiscriminados, Adoptada En La Segunda Conferencia De Examen De Los Estados Parte En La Convencion En Ginebra, Suiza. La Revision Formal De La Ley. Remision De La Ley Aprobatoria Y Del Tratado Por Parte Del Gobierno Nacional. Negociacion Y Celebracion Del Tratado. Tramite Realizado En El Congreso De La Republica Para La Aprobacion De La Ley 1019 De 2006. Analisis De Constitucionalidad Del Tramite Dado Por El Congreso A La Ley 1072 De 2006. Incumplimiento Del Requisito Del Anuncio Previsto En El Articulo 160 De La Constitucion Politica. Reiteracion De Jurisprudencia En Torno A Lo Ocurrido En El Tercer Debate En La Comision Segunda De La Camara De Representantes. La Corte Procedera A Devolver A La Presidencia De La Camara De Representantes La Ley 1072 De 2006, Con El Fin De Que Disponga Lo Pertinente Para Que Se Subsane El Vicio Advertido. Devuélvase La Ley A La Presidencia De La Camara De Representantes Para Que Se Subsane El Vicio De Procedimiento Señalado En La Providencia Y Concédase Treinta Dias Para Que Se Subsane El Vicio DetectadoC-933/06Control De Constituciolidad Del Memorando De Entendimiento Entre El Gobierno De Australia Y El Gobierno De Colombia Sobre Cooperación En El Campo De La Educación Y La Capacitación
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.