Micelio
Auto10 de junio de 2019

A- de 2019

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Remisión de expediente para que se tramite la impugnación
Impugnación Fallo De Tutela
  • Importancia del recurso y la consecuencia de su pretermisión
Nulidad Procesal En La Accion De Tutela
  • Se declara la nulidad por pretermisión de instancia
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Teniendo en cuenta que en el presente caso el juez constitucional incurrió en la causal de nulidad de pretermisión de instancia al no conceder y dar trámite a la impugnación formulada en contra de la providencia que profirió, la Sala de Revisión resolvió abstenerse de proferir decisión de fondo y declarar la nulidad de todas las actuaciones surtidas con posterioridad a la diligencia de notificación del referido fallo.

Dispuso así mismo, remitir el expediente a la mencionada autoridad judicial, para que proceda a dar trámite al recurso propuesto por el accionante.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. ABSTENERSE de proferir decisiones de fondo en relación con el expediente T-7.280.529, por las razones expuestas en la presente providencia.
  2. Segundo. DECLARAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas con posterioridad a la diligencia de notificación del fallo del 9 de enero de 2019 y, en consecuencia, por Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el precitado expediente al Juzgado
  3. Segundo. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali, para que, de inmediato, proceda a dar trámite a la impugnación propuesta por el señor Ramiro Arbey Polanco Lozano.
  4. Tercero. Surtido el trámite en las instancias judiciales respectivas, remítase el expediente de la referencia a la Corte Constitucional para su eventual revisión, tal como lo ordena el Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.