Micelio
Auto21 de septiembre de 2007

A- de 2007

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Giovanni Andres Hornero Castañeda

Tema · dato duro
Querella Por Desacato A La Sentencia T-322/07. Corresponde  Al Juez De Primera Instancia Dentro De Los Procesos De Tutela Conocer De Los Incidentes De Desacato De Las Ordenes Impartidas Asi Como Adoptar La Medidas A Las Que Haya Lugar. Rechazado
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juez De Tutela
  • Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
Desacato
  • Improcedencia de querella por incumplimiento de sentencia T-322/07 para amparar derechos de los internos
Accion De Tutela Contra Establecimiento Penitenciario De Alta Seguridad
  • Competencia del Juzgado de Familia para conocer del incidente de desacato
Juez De Primera Instancia
  • Conocimiento de incidente de desacato y adopción de medidas a que haya lugar
Fallo De Tutela
  • Promoción de querella por incumplimiento de sentencia T-322/07 para amparar derechos de los internos
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. Rechazar por improcedente la solicitud de "querella" por desacato a la sentencia T-322 de 2007 promovida por el senor Giovanni Andres Hornero Castaneda.
  2. Segundo. Informar al senor Giovanni Andres Hornero Castaneda que el juez competente para conocer del incidente de desacato de la sentencia T-322 de 2007 es el Juzgado
  3. cuarto. de Familia de Bucaramanga.
  4. Tercero. Correr traslado de la peticion presentada por el senor Giovanni Andres Hornero Castaneda al Juzgado
  5. Cuarto. de Familia de Bucaramanga, para que le de curso, de acuerdo a sus competencias constitucionales y legales.
  6. Cuarto. Remitir copia del presente auto, por intermedio de Secretaria General, al Director General del INPEC, al Director del centro penitenciario en el cual se encuentre recluido el accionante, a la Defensoria del Pueblo, a la Fiscalia General de la Nacion y al senor Giovanni Andres Hornero Castaneda.
  7. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.