A- de 2012
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Fernando Hernandez Velez Y Otros Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación reglas para el reparto de la acción de tutela
- Conocimiento directo del conflicto de competencia para proteger los derechos fundamentales
- Jurisdicciones diferentes
- Principios básicos para la protección de derechos fundamentales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia.
La acción de tutela fue repartida al Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio, quien se declaró incompetente para asumir el conocimiento de la misma en tanto no encontró atendido el factor territorial.
En nuevo reparto la tutela se asignó al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Villavicencio, despacho que dispuso no avocar el conocimiento y de manera consecuente provocar el conflicto negativo de competencia, alegando que su homólogo, en virtud del principio de la competencia a prevención, debía continuar con el trámite tutelar, pues con independencia de las previsiones contenidas en el acto administrativo en que apoyó su decisión, es su deber actuar como juez constitucional, más allá de la competencia como juez ordinario.
Luego de hacer algunas consideraciones relacionadas con la competencia en materia de tutela, la Sala Plena dirime el conflicto ordenando enviar el expediente al Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio, para que sin más demora tramite y profiera decisión de fondo de primera instancia respecto del amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. DEJAR sin efectos el auto de agosto 6 de 2012, mediante el cual el Juzgado
- Septimo. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio, dispuso remitir el expediente que contiene la accion de tutela promovida por Luis Hernando Lopez y otros, contra la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas, a la oficina judicial de reparto de los Juzgados del Circuito de Villavicencio.
- SEGUNDO. DECIDIR el supuesto conflicto de competencia suscitado, ordenando la remision del expediente ICC-1847 al Juzgado
- Septimo. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio, para que sin mas demora, tramite y profiera decision de fondo de primera instancia respecto del amparo solicitado.
- TERCERO. Por Secretaria General, COMUNICAR al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Villavicencio, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.