A- de 2012
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Pedro Murillo Londoño Vs Bavaria S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Elección del accionante en relación con el lugar donde desea se tramite cuando varios despachos judiciales tienen competencia para su conocimiento
- Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivó la solicitud o donde se produjeron sus efectos
- Competencia a prevención
- Cualquiera de los jueces que sea competente, está autorizado para conocer de la acción de tutela
- Los artículos de este Decreto no son fundamento para declarar la incompetencia en el conocimiento del asunto
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia: La acción de tutela correspondió por reparto al Juzgado Tercero Civil Municipal de Girardot, quien resolvió remitir el expediente a la Oficina de Reparto de los Juzgados Municipales de Bogotá, al considerar que la empresa accionada está radicada en la Capital de la República en cuya jurisdicción ocurre la presente violación o amenaza que motivó la presentación de la solicitud.
Por su parte, el Juzgado Cincuenta y Seis Civil Municipal de Bogotá decidió rechazar la acción de tutela por falta de competencia y propuso el conflicto negativo de competencia.
La Sala considera que el competente para conocer la acción constitucional es el Juzgado Tercero Civil Municipal de Girardot, en razón a que en dicha localidad la entidad demandada terminó la relación laboral con el accionante, allí se producen los efectos de la vulneración de sus derechos fundamentales y es su lugar de residencia.
Se dirime el conflicto ordenando enviar el expediente al precitado despacho judicial, para que tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DECIDIR el conflicto de competencia presentado entre el Juzgado Cincuenta y Seis Civil Municipal de Bogota y el Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Girardot, en el sentido de que el
- segundo. es el competente para conocer y decidir en primera instancia la accion de tutela presentada por pedro Murillo Londono contra Bavaria S.A.
- Segundo. REMITIR al Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Girardot el expediente de la referencia para que de forma inmediata, tramite y profiera decision de fondo respecto del amparo solicitado conforme con lo previsto en el articulo 86 de la Constitucion Politica y el Decreto 2591 de 1991.
- Tercero. COMUNICAR al Juzgado Cincuenta y Seis Civil Municipal de Bogota la decision adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aqui resuelto.
- Comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.