Micelio
Auto23 de julio de 2014

A- de 2014

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Guillermo Restrepo Paniagua Vs Juzgado Veintisiete Civil Municipal De Medellin

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Normas que determinan la competencia
Conflicto De Competencia
  • Remisión expediente a quien se repartió en primer lugar
Corte Constitucional
  • Competencia para dirimir conflictos de competencia
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Competencia suscitado entre el Tribunal Superior de Medellín, Sala Civil y el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Medellín, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

Se reitera temática relacionada con la facultad de la Corporación para resolver conflictos de competencia en la jurisdicción constitucional; sobre el marco jurídico que determina esta competencia en materia de tutela y las reglas para solucionar los mismos.

Se decide el asunto ordenando enviar el expediente a la Sala Civil del Tribunal Superior de Medellín, para que de forma inmediata trámite la acción de tutela deprecada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del veintitres (23) de abril de dos mil catorce (2014), proferido por el Tribunal Superior de Medellin, Sala Civil, mediante el cual se declaro incompetente para conocer de la accion de tutela presentada por Guillermo Restrepo Paniagua contra el Juzgado 27 Civil Municipal de Medellin y el Juzgado 2o Civil del Circuito de Medellin.
  2. Segundo. REMITIR el expediente al Tribunal Superior de Medellin, Sala Civil, para que de forma inmediata tramite la accion de tutela mencionada.
  3. Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR al Juzgado 5o Civil del Circuito de Medellin la decision adoptada en esta providencia.
  4. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.