A- de 2024
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Colpensiones·Demandado Arevalo Vergara Carlos Rafael
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 003 Administrativo Oral del Circuito de Riohacha (Guajira) y el Juzgado 001 Laboral del Circuito de Riohacha (Guajira), causado por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, en contra de un ciudadano, con el fin de obtener la declaratoria de nulidad de las Resoluciones por medio de las cuales se reconoce y reliquida una pensión de invalidez a favor del demandado, para que se le ordene la devolución de lo pagado por dicho concepto, toda vez que luego de una investigación Administrativa, se concluyó que el reconocimiento de esta prestación se realizó bajo una situación indebida.
Cumplidos los requisitos que configuran el conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a lo previsto por Auto 316 de 2021 y reitera la regla de decisión allí contenida, según la cual, cuando la administración demanda un acto de su propia autoría, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción [de lo] contencioso administrativo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.
La Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 003 Administrativo Oral del Circuito de Riohacha (Guajira) para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 003 Administrativo Oral del Circuito de Riohacha (Guajira) y el Juzgado 001 Laboral del Circuito de Riohacha (Guajira), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 003 Administrativo Oral del Circuito de Riohacha (Guajira), es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones en contra de las Resoluciones GNR 378046 del 12 de diciembre de 2016 y SUB-299939 del 30 de octubre de 2019.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6075 al Juzgado 003 Administrativo Oral del Circuito de Riohacha (Guajira), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, como también al Juzgado 001 Laboral de Circuito de Riohacha.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.