Micelio
Auto4 de diciembre de 2024

A- de 2024

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Colpensiones·Demandado Jaimes Ramiro Esteban

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Colpensiones Contra Acto Administrativo Que Concedió Prestación Pensional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

conflicto entre el Tribunal Administrativo de Santander y el Juzgado 006 Laboral del Circuito de Bucaramanga (Santander), ocasionado por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, en contra de un ciudadano, con el fin de obtener la declaratoria de nulidad de la Resolución por medio de la cual la entidad reconoció la pensión de invalidez al demandado, toda vez que se demostró que la fecha de estructuración del dictamen de calificación de la PCL fue adulterada para conseguir un mayor beneficio económico respecto al pago del retroactivo y como consecuencia no cumple con los requisitos de la Ley para ser beneficiario de la prestación.

Cumplidos los requisitos que configuran el conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a lo previsto por Auto 316 de 2021 y reitera la regla de decisión allí contenida, según la cual, cuando la administración demanda un acto de su propia autoría, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.

La Corte remite el expediente al Tribunal Administrativo de Santander, para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Santander y el Juzgado 006 Laboral de Circuito de Bucaramanga, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo de Santander, es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones en contra de la Resolución 713 del 9 de febrero de 2011.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-6068 al Tribunal Administrativo de Santander, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 006 Laboral de Circuito de Bucaramanga.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.