Micelio
Auto4 de abril de 2018

A- de 2018

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Diego Alejandro Urrego Escobar

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Corrección De Sentencia De La Corte Constitucional
  • Corrección de errores por omisión, cambio o alteración de palabras en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte
Solicitud De Correccion Sentencia De La Corte Constitucional
  • Improcedencia por cuanto corrección implica un cambio del contenido jurídico sustancial de la decisión
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de corrección de la Sentencia C-568/16.

El Director de Acciones Constitucionales de Colpensiones le solicitó a la Corporación la corrección del resolutivo segundo de la providencia de la referencia, el cual dispuso que los efectos del fallo serían aplicables a las personas que contrajeron segundas nupcias con posterioridad al 7 de julio de 1991, en el sentido de incluir, por omisión de palabra, a las viudas que celebraron un segundo matrimonio antes de dicha fecha.

Teniendo en cuenta que la inclusión rogada no comporta un mero yerro de digitación, omisión o cambio de palabra sino que implica un cambio del contenido jurídico sustancial de la decisión, al involucrar unos efectos distintos a los conferidos con la declaratoria de inexequibilidad del artículo 62 de la Ley 90 de 1946, se RECHAZA

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de correccion presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, en contra de la sentencia C-568 del diecinueve (19) de octubre de dos mil dieciseis (2016).
  2. SEGUNDO. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
  3. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónDiana Constanza Fajardo Rivera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.