A- de 2014
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Jose De Jesus Barajas Galvis Y Otros Vs Inpec
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de Juzgado Civil del Circuito
- Adecuación al trámite de acción de tutela por buscar protección de derechos fundamentales y no colectivos
- Reiteración auto A124/09
- Grupos
- Resocialización del reo a través del trabajo, estudio, cultura, deporte y recreación
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Situación de subordinación y sometimiento de personas privadas de la libertad frente al Estado
- Tiene como principal función lograr la resocialización de los reclusos
- Fin resocializador de la pena
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Administrativo Oral de San Gil y el Juzgado Segundo Civil del Circuito de El Socorro, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
La Corte constitucional al examinar el conflicto, advirtió que en principio el asunto se debió a la adecuación de una acción popular al trámite de una acción de tutela, en tanto el despacho judicial consideró que lo que se buscaba era la protección de derechos fundamentales y no de derechos colectivos, situación que implica una variación en el trámite a seguir y por consiguiente, del juez y jurisdicción encargada de resolverla.
La Sala concluyó que los derechos invocados por los accionantes definitivamente tienen el carácter de fundamental y que en esa medida la acción a tramitar es la tutela.
Se decide el asunto ordenando enviar el expediente al Juzgado Segundo Civil del Circuito de El Socorro, para que emita un pronunciamiento de fondo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. DECLARAR que la Corte Constitucional es competente para conocer del conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral de San Gil y el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de El Socorro, con ocasión de la acción popular presentada por el señor José de Jesús Barajas Galvis y otros contra el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC
- Segundo. Como consecuencia de la anterior declaración, por Secretaría General de la Corte Constitucional, REMÍTASE de forma inmediata el presente expediente al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de El Socorro para que emita un pronunciamiento de fondo.
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de El Socorro, la decisión adoptada en esta providencia.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.