Micelio
Auto22 de abril de 2021

A- de 2021

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Harold Eduardo Sua Montaña

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitudes de Harold Eduardo Sua Montaña dentro del proceso de constitucionalidad D-13856.

El precitado ciudadano presentó cinco escritos en los que eleva peticiones relacionadas con el desarrollo del proceso de la referencia, los cuales son presentados de forma confusa y entremezclando en ellos asuntos de gestión del expediente electrónico.

Sin embargo, la Sala Plena pudo extraer que en uno de ellos hace referencia a la eventual comisión de una conducta punible en el trámite del expediente precitado, pretendiendo la compulsa de copias e investigación, porque considera que el demandante tuvo conocimiento anticipado de un auto.

Así mismo, reitera irregularidades relacionadas con ausencia de publicidad de las decisiones judiciales adoptadas, en el trámite del presente expediente.

Luego de analizar las argumentaciones del interviniente, la Corte decidió RECHAZAR, por abiertamente improcedentes, las peticiones formuladas en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR por abiertamente improcedentes las solicitudes presentadas por Harold Eduardo Sua Montana en el tramite del proceso de la referencia, de conformidad con lo indicado en la parte motiva.
  2. Segundo. NEGAR la compulsa de copias de caracter penal solicitad por Harold Eduardo Sua Montana.
  3. Tercero. Contra la presente decision no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela