Micelio
Auto19 de agosto de 2005

A- de 2005

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Luis Camilo Osorio Isaza, Fiscal General De La Nacion

Tema · dato duro
Solicitud De Modificación De La Forma De Dar Cumplimiento A La Sentencia T-131/05, Proferida Por La Sala Tercera De Revisión, Para El Diseño Del Plan De Implementacion Del Regimen De Carrera En La Fiscalia General De La Nación. Denegada
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Establecimiento de efectos del fallo y competencia por juez de tutela
Implementacion Del Regimen De Carrera En La Fiscalia
  • Negativa para aceptar solicitud de ampliación del término para la ejecución del plan por no cumplir orden contenida en sentencia de tutela
Juez De Tutela
  • Competencia y parámetros para dictar órdenes que aseguren el restablecimiento del derecho
Corte Constitucional
  • Competencia para ajustar órdenes complejas dictadas en sentencia T-131/05 a las nuevas circunstancias que se pueden presentar
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. R E S U E L V E:
  2. Primero. DENEGAR la solicitud elevada por el Fiscal General de la Nacion, Luis Camilo Osorio Isaza, con el fin de que se autorizara que la aplicacion del regimen de carrera en la Fiscalia se culminara en septiembre de 2008.
  3. Segundo. COMUNICAR la presente decision al Procurador General de la Nacion y al Defensor del Pueblo.
  4. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.