A- de 2024
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Valenzuela Chavarro Kerley Anselmo·Demandado Departamento Del Caqueta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre el cumplimiento de convención colectiva de trabajo de trabajador oficial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Florencia, Caquetá y el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Florencia, ocasionado por una demanda laboral presentada por un ciudadano, en contra de la Gobernación del Caquetá, con el fin de que se declare que la demandada no pagó el incremento del 5% adicional sobre la prima de antigüedad contenida en la convención colectiva de trabajo suscrita entre la extinta Empresa de Licores del Caquetá y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria de Bebidas Alcohólicas SINTRABECOLICAS y como consecuencia, se condene a la entidad territorial a reconocerlo y pagarlo al demandante.
Cumplidos los presupuestos: subjetivo, objetivo y normativo que configuran un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que la Jurisdicción Ordinaria Laboral es la competente para conocer del presente asunto.
Ello, en atención a que el demandante es un trabajador oficial pues así fue reconocido en el artículo 7 del Decreto 0000895 del 24 de junio de 2009, lo cual guarda correspondencia con el hecho de que las pretensiones principales de la demanda se sustentan en la aplicación de una cláusula de Convención Colectiva de Trabajo que solo quienes ostentan la calidad de trabajadores oficiales pueden suscribir.
Se reitera la regla de decisión del Auto 872 de 2021, según la cual, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer un proceso laboral promovido por un trabajador oficial, hecho último que se constata no solo con la naturaleza del vínculo laboral y las funciones que desempeña, sino también, con el hecho de buscar la aplicación de un derecho derivado de una convención colectiva de trabajo.
La Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Florencia para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Sexto. Administrativo del Circuito de Florencia y el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Florencia y DECLARAR que el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Florencia es la autoridad competente para conocer del proceso adelantado por el señor Kerley Anselmo Valenzuela Chavarro contra la Gobernación del Caquetá.
- SEGUNDO. REMITIR por intermedio de la Secretaría General, el expediente CJU-5896 al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Florencia para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Sexto. Administrativo del Circuito de Florencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.