A- de 2003
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Lucia Mercedes Bustamante Hernandez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Entidad del sector descentralizado por servicios del orden nacional
- Superior jerárquico común
- Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se dejaron sin efectos las actuaciones surtidas en este proceso desde el auto proferido por el Juzgado 19 Penal del Circuito de Bogotá en el que se ordenó la remisión del expediente de la referencia al Juzgado Penal Municipal- reparto -, de conformidad con lo previsto en el inciso 20 del numeral 10 del Art. 10 del Decreto 1382 de 2000.
En consecuencia, se declaró que el citado Juzgado es la autoridad competente para conocer de la solicitud de tutela interpuesta por la ciudadana de la referencia contra los Bancos Granahorrar y Colmena, para lo cual la Secretaría General de esta Corporación remitió el expediente de la referencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS las actuaciones surtidas en este proceso desde el auto del dia cuatro (04) de abril de dos mil tres (2003) proferido por el Juzgado Diecinueve (19) Penal del Circuito de Bogota en el que se ordeno la remision del expediente de la referencia al Juzgado Penal Municipal- reparto -.
- Segundo. DECLARAR que el Juzgado Diecinueve (19) Penal del Circuito de Bogota es la autoridad competente para conocer de la solicitud de tutela interpuesta por Lucia Mercedes Bustamante Hernandez contra los Bancos Granahorrar y Colmena.
- Tercero. ORDENAR al Juzgado Diecinueve (19) Penal del Circuito de Bogota asumir de manera inmediata el conocimiento de dicha peticion. Para lo cual Secretaria General le REMITIRA el expediente de la referencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.