A- de 2012
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Wilfredo Parra Lozano
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de improcedencia
- Procedencia dentro del término de ejecutoria, de oficio o a solicitud de parte respecto de conceptos o frases contenidas en la parte resolutiva o que influyan en ella
- Declaración de inexequibilidad en sentencia C-113/93
- Rechazar en sentencia C-289/12 por falta de argumentación
- Efectos hacia futuro a menos que se resuelva lo contrario
- Agotamiento de la competencia funcional del juzgador una vez dictada la sentencia con la cual culmina su actividad jurisdiccional
- Procedencia excepcional del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de Aclaración de la sentencia C-289/12.
El memorialista solicitó la aclaración de la sentencia de la referencia, porque a su parecer, deja dos problemas jurídicos interesantes, uno relacionado con el concepto de suspendido y el otro, frente a los efectos en el tiempo de la sentencia.
La Sala encuentra que ninguna de las dos razones aducidas por el peticionario satisface los requisitos que la jurisprudencia constitucional ha indicado para la prosperidad de una solicitud de aclaración.
La solicitud de aclaración impetrada es RECHAZADA
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR la solicitud de aclaracion de la sentencia C-289 de 2012 presentada por el ciudadano Wilfredo Parra Lozano.
- Segundo. Comuniquese la presente providencia al interesado.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.