Micelio
Auto30 de septiembre de 2024

A- de 2024

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Cadavid Grisales Simon David·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Aclaracion Y Adicion De Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia excepcional
  • Denegar por incumplir requisito de argumentación
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitudes de aclaración y adición de la Sentencia T-181/24.

En dos escritos presentados de manera independiente los peticionarios formularon idénticas pretensiones.

Éstas estaban enfocadas, entre otras cosas, a que la Corte adicionara el precitado fallo para pronunciarse sobre el alcance del acta del 25 de noviembre de 2021 y su presunto desconocimiento, y sobre el párrafo 256 del informe 393 del Comité de Libertad Sindical y sobre el restablecimiento de los derechos económicos de los actores.

Así mismo, a que se aclarara que la Fiscalía General de la Nación no demostró, dentro del proceso, haber comunicado al precitado Comité sobre los avances de sus investigaciones.

Por el incumplimiento del requisito de carga argumentativa, la Sala decisión RECHAZAR las peticiones analizadas en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR, por falta de carga argumentativa, las solicitudes de aclaración y adición de la Sentencia T-181 de 2024, presentadas por Simón David Cadavid Grisales y Jorge Mario Medina Cadena.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, COMUNICAR el contenido de esta decisión a los solicitantes y advertir que contra ella no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.