A- de 2014
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Apoderado Judicial De La Alcaldia De Santa Marta·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se declara nulidad de sentencia por desconocimiento del precedente jurisprudencial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Nulidad de sentencia.
El peticionario sostuvo que la sentencia T-1082/12constituye un flagrante desconocimiento de la jurisprudencia constitucional, pues la acción de tutela no se encuentra instituida para resolver asuntos contractuales, toda vez que para ello existe la vía ordinaria.
Aunado a ello indica que no se requiere el inicio de una actuación administrativa para terminar unilateralmente un contrato estatal, como quiera que esa decisión la puede tomar la entidad cuando encuentre acreditada alguna causal para tal fin.
Como sustento de lo manifestado refirió sentencias como la T-1341/01, T-387/09y C-620/12.
La Sala Plena de la Corte Constitucional encontró que al proferir la sentencia T-1082/12se incurrió en una causal de nulidad por desconocimiento del precedente jurisprudencial, toda vez que al conceder la tutela solicitada por la firma de Recaudos y Tributos S.A.
R&T contra la Alcaldía Distrital de Santa Marta, la Sala Quinta de Revisión adoptó una posición contraria a lo que ha determinado la Corporación, tanto en sede de revisión de tutela como de control abstracto de constitucionalidad, respecto de la legitimidad de las potestades exorbitantes que la ley le confiere a la Administración en el campo de la contratación estatal, las cuales define la Ley 80 de 1993 como medios brindados a las entidades estatales para garantizar el cumplimiento del objeto contractual, entre otras, las facultades de interpretación, modificación y terminación unilateral del contrato.
SE DECLARA LA NULIDAD DE LA SENTENCIA T-1082/12.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DECLARAR la nulidad de la Sentencia T-1082 de 2012, de conformidad con la solicitud formulada por el Jefe de la Oficina Asesora Juridica del Distrito de Santa Marta.
- SEGUNDO. Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.