A- de 2008
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Alexandra Morales Peñalosa Como Agente Oficioso De Irma Franco Betancourt Vs. Secretaria De Salud Departamental Del Cauca
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vinculación oficiosa de la parte pasiva para garantizar el derecho a la defensa
- Nulidad de todo lo actuado como garantía de los derechos fundamentales
- Nulidad saneable por falta de notificación a la parte demandada y falta de citación de terceros con interés legítimo
- Juez de primera instancia debe integrar debidamente el contradictorio
- Solicitud práctica de examen de diagnóstico
- Cumplimiento de requerimientos básicos e imprescindibles
- Proceso judicial de carácter excepcional
- No tramita directamente incidente de nulidad por falta de notificación cuando el vicio de detecta en el tramite de revisión
- Frente a la negativa de prestación de servicio médico, procedimiento o medicamento no contemplado en el POS debe vincular a la entidad que considere competente
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DECLARAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas en la presente tutela desde el auto admisorio proferido el 15 de noviembre de 2007, por el Juzgado Civil del Circuito de Puerto Tejada, Cauca.
- Segundo. ORDENAR, en consecuencia, al Juzgado Civil del Circuito de Puerto Tejada, Cauca, que proceda de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente auto, a integrar debidamente el contradictorio, adelantar de nuevo el trámite constitucional de tutela y dictar el fallo de rigor, que si no es impugnado, deberá ser remitido a esta Corte para su eventual revisión en los términos contemplados en el Decreto 2591 de 1991. Si el fallo es impugnado, deberá procederse de la misma manera, una vez se surta la segunda instancia.
- Tercero. Por Secretaría, REMITIR el expediente de la referencia al Juzgado Civil del Circuito de Puerto Tejada, Cauca, a fin de que se surta el trámite indicado en el numeral anterior.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.