Micelio
Auto21 de agosto de 2024

A- de 2024

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Ortiz Edna Marcela, Otro·Demandado Empresas Municipales De Cali Emcali Eice Esp, Otro

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflictos de competencia entre jurisdicciones suscitados entre la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad laboral.

La controversia entre los despachos se presenta por unas demandas, ordinarias laborales, que se acumulan, presentadas por unos ciudadanos, en contra de las Empresas Municipales de Cali (EMCALI), y la Empresa para la Seguridad Urbana (ESU) de Medellín, con las que pretenden que se declare la existencia de un contrato realidad entre los demandantes y cada una de las demandadas, se declare que no fueron reconocidas las prestaciones sociales de ley y se les pague o correspondiente por dicha causa.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a lo previsto por el Auto 492 de 2021 y resuelve con fundamento en la regla de decisión allí contenida, según la cual, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente CJU-5650 al Juzgado 18 Administrativo del Circuito Cali, y el expediente CJU-5700 al Juzgado 22 Administrativo Oral de Medellín para que adelanten las actuaciones de su competencia y para que comuniquen la presente decisión a los interesados en estos trámites.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. ACUMULAR los conflictos de jurisdicciones identificados con los expedientes CJU-5650 y CJU-5700, por presentar unidad de materia.
  2. Segundo. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado 7º Laboral del Circuito Judicial de Cali y el Juzgado 18 Administrativo del Circuito Cali, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 18 Administrativo del Circuito Cali es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido. En consecuencia, por medio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR El expediente CJU-5650 al Juzgado 18 Administrativo del Circuito Cali para que adelante las actuaciones de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en estos trámites.
  3. Tercero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado 25 Laboral del Circuito Judicial de Medellín y el Juzgado 22 Administrativo Oral de Medellín, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 22 Administrativo Oral de Medellín es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido. En consecuencia, por medio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-5700 al Juzgado 22 Administrativo Oral de Medellín para que adelante las actuaciones de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.